ABOGADOS DE FAMILIA - ABOGADOS DE DIVORCIOS

A través de nuestro Blog encontrará todo lo concerniente a los problemas jurídicos relacionados con la FAMILIA, SEPARACIÓN Y DIVORCIO, CUSTODIA DE HIJOS, SECUESTRO O SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE HIJOS, ADOPCION NACIONAL O INTERNACIONAL (Reclamación contra inidoneidad), TUTELAS Y CURATELAS, INCAPACITACIONES JUDICIALES, Y TESTAMENTOS Y HERENCIAS. Si requiere más información puede ponerse en contacto en el 902.99.58.51

C/ Doctor Esquerdo nº 29, 1º D - 28028 Madrid

http://www.tuabogadodefensor.com/

TU ABOGADO DEFENSOR - BUFETE DE ABOGADOS

TU ABOGADO DEFENSOR - BUFETE DE ABOGADOS
TU ABOGADO DEFENSOR - Bufete de Abogados Especialistas Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia

martes, 22 de enero de 2013

LAS PAREJAS DE HECHO Y SU RÉGIMEN ECONÓMICO



Son muchas las parejas que optan por Registrarse como pareja de hecho en lugar de como matrimonio, bien por sus convicciones personales repecto al matrimonio, bien por sus circunstancias particulares.

Las relaciones económicas entre las parejas de hecho, son complicadas en el momento en el que la pareja decide separarse, porque pueden establecer entre ambos los pactos que les convengan por escrito, tanto gananciales, separación de bienes, participación.

El problema es cuando la pareja no ha establecido nada expresamente, puesto que, no se puede suponer gananciales como en el matrimonio, sino que se tendrá que acreditar que tiene derechos sobre los bienes que pretenda en el ejercicio de las acciones judiciales.

La mayoría de los problemas viene por la vivienda, si la vivienda fue adquirida por uno de los dos antes de comenzar la unión, lo lógico es que sea el propietario el que se quede con su propiedad, sin embargo, en ocasiones por resolución judicial puede otorgarse al que se quede con la guarda y custodia del hijo y que no tiene por qué ser el propietario de la vivienda.

Si la vivienda fue adquirida durante la convivencia de la unión de hecho, habrá que ver en qué situación se adquirió la vivienda si para él o ella a título personal o para los dos, en este último caso debería constar en la Escritura Publica.

Si la vivienda fue adquirido por los dos, una vez se disuelva la pareja habrá que estar a lo que establezcan las partes, que lo normal es que sea por mitad, pero como en todos los casos, en caso de no llegar a un acuerdo tendría que haber una resolución judicial que lo determine.

En otro post hablaremos de los pros y contras o las diferencias entre la unión de hecho y el matrimonio.





No hay comentarios:

Publicar un comentario